Abogado Violencia Doméstica Barcelona

La denuncia se presenta ante una comisaría de Municipal, Mossos d´Esquadra) o en el Juzgado de Guardia (está abierto las 24 horas del día), con justificación de presentación de la misma.

  1.  La denuncia ha de ser precisa, extensa y completa, con indicación de hechos, fechas, lugares, testigos y el máximo de datos que han de servir para la prueba de los hechos judiciales.
  2. Lesiones físicas. Hay que acudir antes de la denuncia a un Cap o servicio de urgencias.
  3. Existen también medidas complementarias como el acompañamiento policial para abandonar el domicilio, y centros de acogida.
  4. Medidas a Adoptar por el Juez. La orden de protección como medida cautelar que prohíbe al agresor acercarse o comunicar con la víctima, por el tiempo que el Juez señale. También, en función de la gravedad de los hechos denunciados y la posible peligrosidad del agresor, puede acordar la prisión provisional. Asimismo, también pueden acordarse medidas civiles tales como la atribución del uso del domicilio familiar, custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, etc.
  5. Debemos recordar que la denuncia puede presentarla la víctima o cualquier otra persona tanto de su entorno familiar y social, como cualquier profesional que conozca los hechos.

La Orden de Protección Integral, se puede solicitar tanto en Comisaría como en el Juzgado; Si la victima tiene lesiones físicas, ha de intervenir el Médico Forense del Juzgado.

Lesiones de carácter psicológico. Existe una Unidad de Valoración Integral de Violencia de Género, adscrita al Instituto de Medicina Legal, que valora estos supuestos.

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